En mayo de este año, con la firma del Decreto Municipal 874, se reglamenta en Medellín la aplicación del comparendo de manera sancionatoria para “las personas naturales y jurídicas que con su acción y omisión, causen, dañen, degraden o impacten el ambiente, la calidad de vida y la salud pública” de la Ciudad.
El comparendo puede ser impuesto por inspectores de Policía, corregidores, agentes de tránsito, agentes y auxiliares de Policía y por los 400 defensores del espacio público, de los cuales, 69 son especializados en infracciones ambientales.
El infractor deberá asistir a una charla en educación ambiental o pagar el 50% de la multa dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la imposición del comparendo. En caso de no cancelarse la multa en el tiempo establecido, deberá pagar el 100% del valor de la sanción estipulada para la infracción cometida.
Las multas oscilan entre los 0,5 y los 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes –SMMLV- y se impondrán sobre las siguientes conductas: Ver más
